Hay personas que por problemas de adicciones o por algún padecimiento mental pueden ponerse en peligro, poner en peligro a terceros o pueden arriesgar sus bienes.
Para estos casos, la ley permite la posibilidad de que una persona (cónyuge, hijo, hermano) asuma el rol de apoyo del incapaz para ayudarlo en el día a día y para proteger su patrimonio.
La actividad del estudio consiste en:
- Brindar asesoramiento a lo largo del proceso de determinación de la capacidad jurídica
- Ayudar con la rendición de cuentas trimestral
Para consultas o entrevistas puede completar el formulario de contacto
Requisitos de inicio
Para iniciar el trámite es necesario contar con la siguiente documentación:
- Historia clínica del psicólogo y psiquiatra (indicando diagnóstico, tratamiento y pronóstico)
- Copia del Dni del presunto incapaz y del apoyo.
- Certificado único de discapacidad (si lo tiene),
- Documentación que acredite el vínculo entre la persona que pide la limitación de la capacidad y el presunto incapaz.
Gastos de inicio
Para iniciar el reclamo los gastos de inicio son Bono y anticipo a la Caja de Abogados.
Otros gastos
A lo largo del juicio, el juez va a pedir distintos informes para conocer información adicional sobre el presunto incapaz y sobre la persona que inicia el proceso:
- Certificado de antecedentes penales del apoyo/curador
- Informe de bienes inmuebles
- Informe al registro nacional automotor
Honorarios
Los honorarios los regula en juez teniendo en cuenta la ley arancelaria. La regulación mínima es de 30 ius más el 5% de ley. La Forma de pago de los honorarios es a convenir con el cliente. Se puede abonar en efectivo o en cuotas.
Rendición de cuentas
En caso de que el incapaz tenga bienes a su nombre o sea beneficiario de algúna pensión, es necesario indicarle al juez el estado del patrimonio y en qué se gasta el dinero. Esto se llama rendición de cuentas.
Esta presentación hay que hacerla cada 3 o 6 meses, depende lo que disponga el juzgado y consiste en acompañar una planillas de ingresos y gastos bien detallados. También se tienen que acompañar todos los tickets. Por cada rendición de cuentas, el juez va a regular honorarios. Siempre solicitamos que regule el mínimo. La forma de pago siempre será a convenir con el cliente.
Tasa de justicia
En caso de que corresponda el pago de tasa por retribución de servicio de justicia deberá abonarse el 1% del valor de los bienes más el adicional de sobretasa (10% de la tasa).